ANEXO Nº 5 - TURISMO STANDARD

R E G L A M E N T O T E C N I C O

TURISMO STANDARD MEJORADO

A N E X O Nº 5:

ART. Nº 16: MOTOR:

v) Es obligatorio el uso de una brida cilíndrica colocada entre el múltiple de admisión y el carburador de las siguientes medidas de bocas:

  • Para Dodge 1500: 31 mm . de diámetro.
  • Taunus y Peugeot: 30 mm . de diámetro
  • Taunus y Opel: 38 mm . de diámetro.
  • Para las demás marcas el uso de la brida es opcional. En caso de utilizarla, las bocas deberán tener las mismas medidas de garganta del carburador correspondiente.
  • Material: Hierro o aluminio.
  • Altura: 10 mm . Tolerancia ± 0,1 mm .
  • Forma exterior: Aproximadamente la forma del carburador.
  • Las bocas deberán ser concéntricas con las gargantas del carburador.
  • Tolerancia diámetro de bocas ± 0,05 mm .
  • Se permite agregar una junta de base de carburador. Espesor máximo 1,5 mm .

Filtro: Filtro de aire libre, dentro del vano motor, se permite toma de aire de 3 pulgadas de diámetro. Filtro de nafta metálico.-