ACTA
CONSTITUTIVA DE LA “UNION
DE LIGAS DE FUTBOL DEL CENTRO, ESTE y OESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”
En la ciudad Tandil, a los 28 días del mes de junio
del año 2017, con la presencia de la Liga de Futbol del Partido de la Costa
representada en este acto por su presidente Don Alfredo Iriart, la Liga Lobense
de Futbol representada en este acto por su presidente Cdor. Horacio Tomassini, la
liga Saladillense de Futbol representada en este acto por su presidente Don Julio Lombardo, la Liga Veinticinqueña de
Futbol representada en este acto por su
presidente Don Walter Alayon, la Liga Nuevejuliense de Futbol representada en este acto por su presidente Dr. Eduardo Barucco, la
Liga Pehuajense de Futbol representada en este acto por su presidente Dr. Fernando Bethoart, la
Liga Necochea de Futbol representada en este acto por su presidente Don Fabian Marroubi, la
Liga Tandilense de Futbol representada en este acto por su presidente Miguel Zenon, la Liga de
Equipos Unidos de Mar Chiquita
representada en este acto por su
presidente don Adrían Prestipino, Liga
Casarense de Futbol representada en este acto por su presidente Osmar Bagnolo,
la liga Alvearense de Futbol representada en este acto por su presidente Oscar
Almendros con la finalidad de constituir la “UNION DE LIGAS DE FUTBOL DEL CENTRO, ESTE y
OESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, cuya sigla representativa
sera: C.E.O.B.A.
en adelante LA UNIÓN. Para ellos los firmantes acuerdan:
PRIMERO:
Que LA UNIÓN tiene como finalidad
primordial buscar una alternativa para reflexionar, debatir, colaborar,
proponer y generar acciones en común tendientes a organización de los torneos
emanados del Consejo Federal del Futbol, Sub-13, Sub-15, Mayores, Femenino,
Futsal y Playa.
SEGUNDO:
Que LA UNIÓN, persigue como estandarte primario en su conformación, la
camaradería entre pares; el análisis y el estudio pormenorizado de las
necesidades y debilidades que puedan existir en las zonas geográficas de cada
Liga respecto a la actividad futbolística; el intercambio de información entre
sí, acuerdos y convenios que permitan la fluidez de la comunicación y toda otra
acción que tienda a mejorar la relación entre ligas en beneficio de ellas.
TERCERO:
Crear un espacio abierto
para que través de él se puedan incorporar todas aquellas ligas de la Provincia
de Buenos Aires que tengan un objetivo en común y que se encuentren afiliadas
y/o adheridas a federaciones o no, siendo único requisito para poder ser
integrante estar debidamente reconocida por el Consejo Federal de Futbol.-
CUARTO: LA UNIÓN se
reunirá al menos una vez por
mes en lugar y hora que se establezca en una Liga a designar, pudiendo por la
larga trayectoria de las mismas asumir la organización de las diferentes etapas
de los torneos oficiales emanados del Consejo Federal del Futbol.-
QUINTO:
LA UNIÓN podrá generar
diversas propuestas relacionadas con el crecimiento del futbol del interior y
ponerlas en conocimiento del Consejo Federal, por intermedio de los Delegados
Federales.-
SEXTO: Que
LA UNIÓN, designará al momento de
celebrarse el Acta Constitutiva tres (3) coordinadores que podrán ser
presidentes de Ligas o personas con reconocida trayectoria dirigencial
deportiva, con la finalidad que lleven adelante la confección del Reglamento
que regirá la unión de ligas, coordinar las reuniones, la relación con los
Delegados Federales, con las Federaciones, y con todo organismos públicos de
las jurisdicciones de las distintas Ligas. Para un mejor desempeño de sus
actividades estarán habilitados para efectuar invitaciones a ligas y/o clubes
que deseen participar activamente en el desarrollo de las actividades
enumeradas en el punto primero del presente líbelo, podrán crear cargos
admnistrativos, políticos, honorarios, designar representantes, veedores,
asesores, siendo las facultades aquí detalladas meramente enunciativas, no
taxativas, deberán fijar una sede administrativa. Dicha coordinación
podrá ser revocada en cualquier momento por el voto de
los dos tercios de las Ligas integrantes de LA UNIÓN.
Los coordinadores para evitar dilaciones deberán elegir entre ellos al momento de ser
designados y aceptados los cargos, quien será presidente, tesorero y
secretario, los cuales quedan dotados de
amplias facultades admnisitrativas y ejecutivas hasta tanto esté confeccionado
y aprobado el reglamento que regirá la presente Union de Ligas.-
SEPTIMO:
Que LA UNIÓN, podrá asumir la responsabilidad de la organización de las
diferentes etapas de los torneos oficiales emanados del Consejo Federal del
Futbol. En este caso deberá constituir un Tribunal de Penas, y la comisión de
Reglamento, Torneos y delegar la administración de LA UNIÓN en una persona con reconocida
trayectoria dirigencial deportiva que no sea integrante actual de la Ligas que
conforman LA UNIÓN.
OCTAVA:
Que LA UNIÓN, podrá ser disuelta en forma directa por mayoría simple de las
Ligas que la conforman o bien en forma indirecta, cuando se reduzcan sus
integrantes a solo 2 Ligas.
NOVENA:
Dado en la ciudad de Tandil (Bs. As.) en la fecha arriba indicada, se firman
…........... ejemplares de un mismo tenor en presencia de las máximas
autoridades de Consejo Federal del Futbol Argentino.